Los discursos parlamentarios de Práxedes Mateo-Sagasta

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100358
Legislatura: 1893
Sesión: 19 de Junio de 1894
Cámara: Senado
Discurso / Réplica: Réplica
Número y páginas del Diario de Sesiones: 151, 2946-2947
Tema: Tratados de comercio y relaciones comerciales con Alemania y otras Naciones

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): Pido la palabra.

El Sr. VICEPRESIDENTE (Montejo y Robledo) : La tiene S. S.

El Sr. Presidente del CONSEJO DE MINISTROS (Sagasta): Siento que el Sr. Mena y Zorrilla, siempre tan comedido, se haya exaltado hasta el punto ha visto el Senado. (El Sr. Mena y Zorrilla: No he faltado a la consideración a S. S.) Ni a nadie, porque una cosa es la exaltación, y otra el no guardar la debida consideración, en cuya falta no cae S. S. jamás; tengo mucho gusto en hacer esta declaración. Pero me choca que S. S. se excite por cosa que realmente no vale la pena, pues la valdría si en efecto el Sr. Mena y Zorrilla tuviese razón; mas no tiene ninguna, porque yo le voy a hacer un solo argumento a S. S. La proposición incidental presentada ¿es un voto de censura? (El Sr. Mena y Zorrilla: Implícito contra la Comisión.-El Sr. Marqués de Pidal: Lo ha dicho el mismo Sr. Presidente del Consejo.) Lo que yo he hecho es censurar a la Comisión, como tengo derecho a censurarla, y la censuraré siempre, por su conducta; pero de eso a que la proposición incidental sea un voto de censura, hay una distancia muy grande.

Pero además, Sres. Senadores, si es un voto de censura, presumo que a estas horas la Comisión habrá presentado ya la dimisión de su cargo (Muy bien, muy bien, en la mayoría) y esto es evidente. Si la proposición es un voto de censura, dos censuras lleva ya encima la Comisión: la primera, cuando se ha tomado en consideración la proposición incidental, que es un voto de censura según SS. SS. y la segunda, desechando la proposición de ?no ha lugar a deliberar.? De manera que si una Comisión que tiene sobre sí dos votos de censura continúa en su puesto, no sé para cuándo aguarda a presentar la dimisión. (Grandes rumores.)

No hay realmente voto de censura; lo que hay es una proposición incidental, como se ha demostrado desde el momento que su autor la ha apoyado y desde el instante mismo en que vosotros habéis presentado una proposición de no haber lugar a deliberar, que no puede presentarse en contra de un voto de censura porque estos votos pasan directamente a las Secciones, se nombra la Comisión, vienen aquí, se discute y no cabe proposición de ?no ha lugar a deliberar.?

De suerte que la proposición es incidental, apoyada por su autor, tomada en consideración por el Senado y pertenece ya al Senado; tanto más, cuanto que habéis presentado otra proposición de no haber lugar a deliberar y el Senado la ha desechado. ¿Cómo queréis, pues, que pase a Comisión alguna? ¡Si esto es evidente, si sobre esto no cabe duda! ¿Qué artículo del Reglamento citan SS. SS.? El 190 se refiere a los votos de censura, que no se apoyan, sobre los cuales no caben proposiciones de ?no ha lugar a deliberar.?

No confundamos las cosas; ¿para qué hemos de confundirlas? El Sr. Mena y Zorrilla hace un argu- [2946] mento muy ingenioso. Dice ?el Sr. Sagasta condena, censura, critica a la Comisión de tratados; el Senado aprueba las declaraciones del Sr. Sagasta; en la proposición se da un voto de confianza al Sr. Sagasta; luego es un voto de censura para la Comisión de tratados. ¿Le parece al Senado que esto es manera de discurrir? Entonces no habría nunca votos de confianza, porque todo voto de confianza a uno puede ser una censura para el contrario. No; ésta es una proposición incidental ya en curso de debate, ya aceptada por el Senado y ya dicho por el Senado que quiere discutirla, que quiere discutirla inmediatamente. (El Sr. Duque de Tetuán: No ha dicho el Senado eso.) ¿Pues qué quiere decir desechar la proposición de ?no ha lugar a deliberar?? Que ha lugar a deliberar y que quiere deliberar enseguida. (No, no, en los bancos de la minoría.)

No extreméis las cosas, que no hay necesidad de extremarlas. La Comisión tiene todos los medios de defensa que puede necesitar, y puede defenderse, como se ha defendido (aunque no bien, porque no podía hacerlo) de todos los cargos que se le han dirigido en el curso del debate de esta proposición incidental. ¿A qué queréis llevar la confusión a estos debates?

Esta es una proposición incidental, sobre la cual no tiene preferencia más que la de no haber lugar a deliberar, y ninguna otra puede interponerse entre esta proposición y la discusión del Senado.

No tengo más que decir.



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